En Panamá, operar dentro del marco legal no solo es una obligación, sino una estrategia para proteger tu inversión, evitar sanciones, fortalecer la reputación y hacerla más competitiva y sostenible. A continuación, te comparto tres (3) claves fundamentales que debes tener en cuenta para verificar si tu empresa está cumpliendo con las regulaciones vigentes en territorio nacional.
CLAVE 1. OBLIGACIONES SOCIETARIAS Y FISCALES
- Deberás apoyarte con la ayuda de un contador público autorizado para activar las obligaciones tributarias que le correspondan, por ejemplo, obligación de impuesto sobre la renta (ISR) o impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (ITBMS), entre otros;
- La sociedad deberá contar con un registro de acciones y registro de actas, con el objetivo de llevar un control y orden de sus actuaciones;
- La sociedad anónima deberá cumplir con sus obligaciones anuales, como el pago de su tasa única, el pago de servicio de su agente residente, deberá presentar anualmente la declaración jurada de registros contables;
- Deberá llevar sus registros contables, teniendo en cuenta que los libros contables básicos son el Diario y el Mayor.
CLAVE 2. ACTIVIDADES QUE REQUIEREN PERMISO PREVIO PARA OPERAR
El cumplimiento regulatorio de tu empresa, dependerá del tipo de actividad comercial que desarrolles, entre las entidades que debes contemplar para gestionar un permiso previo están:
- Ministerio de Salud (MINSA): si vas a desarrollar actividades relacionadas con productos alimenticios, cosméticos y medicamentos, ya que requieren de permisos sanitarios y los registros correspondientes.
- Ministerio de Desarrollo Agropecuario (MIDA): si tu empresa va a operar alguna actividad relacionada con actividad agrícola en el sector agroindustrial.
- Junta Técnica de Ingenieros y Arquitectos de Panamá: si tu empresa desarrollará alguna actividad relacionada con la industria de la construcción.
- Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) – Dirección de Empresas Financieras: si la actividad comercial a desarrollar es de empresa financiera, casas de empeño, arrendamiento financiero.
CLAVE 3. REGISTRO OBLIGATORIO EN ENTIDADES GUBERNAMENTALES
Toda sociedad operativa en la República de Panamá deberá cumplir con los siguientes registros obligatorios:
- Dirección General de Ingresos (DGI): inscripción en el Registro Único de Contribuyente (RUC);
- MICI-Sistema Panamá Emprende: para dar inicio a operar una actividad comercial deberás obtener un aviso de operación;
- Caja de Seguro Social (CSS): Una vez gestiones tu aviso de operación, cuentas con seis (6) hábiles para registrarte como empleador ante la CSS;
- Municipio correspondiente: Una vez obtengas tu aviso de operación, deberás notificar el inicio de operación a la Tesorería Municipal del municipio que corresponda, para que la empresa pueda ser aforada y proceder a cumplir con sus obligaciones tributarias municipales.
Te invitamos a realizar una debida diligencia de cumplimiento regulatorio de tu empresa, te evitará sanciones y fortalecerá la reputación institucional. Si tienes dudas sobre el estado legal de tu negocio, no dudes en contactarnos, en ALEEGA estamos para colaborarte.
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